martes, 31 de marzo de 2009

LEY GENERAL DE PESCA

El Perú, sin duda alguna, es uno de los países más ricos en especies marinas, contamos con una variedad inigualable de pescados, algas y todo lo que el mar nos puede ofrecer. Pero así como el mar ofrece en abundancia, también se acaba. Y es por ello que cada cierto tiempo en nuestro país se rige la ley de la veda. Aunque no sé si bien llamada ley, pues no se sabe mucho de ésta y peor aún, no se la respeta.

Mucho se habla de la veda de diversas especies marinas, de su comercialización y de la forma legal o ilegal que se cazan. Pero muy poco se sabe de los contenidos y pautas que rige esta ley, pues claridad es lo que más le falta. Por ejemplo, si se caza en tiempo de veda ¿a quién se le denuncia? ¿al que comercializa o al que la vende? ¿Cuál es la condena a cumplir?, ¿están al tanto los pescadores y comercializadores de la condena?, ¿cada cuánto y cuándo son los tiempos determinados que se impone la veda?. Pues ahora se lo detallamos.

En el artículo 83 del capitulo III de las Sanciones, De la Ley General de Pesca nos determina que tanto las personas jurídicas y naturales que pesquen en tiempos de veda o en zonas protegidas, o realicen una sobre pesca que ponga en peligro la sostenibilidad de los recursos, serán sancionados con suspensión de las concesiones, autorizaciones, permisos o licencias respectivas, por un periodo de ciento ochenta días naturales. Es decir señores, si la ley se cumpliera al pie de la letra, tenga por seguro que no hubiera tantos restauranes marinos donde comer.

El Doctor Enrique Chuy, nos añade además que estas condenas se dan sin perjuicio de la aplicación de las demás sanciones a que hubiere lugar, debido al delito; es decir las sanciones no son sólo una para cualquier tipo de infracción, sino en cada artículo se específica la falta y su pena respectiva. Así que si usted incumplió con varias de estas especificaciones, se les adjuntarán una tras otra, debido al delito.
(Bite del Doctor Enrique Chuy) : “Se procede al decomiso del recurso. Quién se haría responsable en gran parte es el Terminal pesquero porque se le atribuye las facultades para llevar un orden y ejecutar el reglamento del Ministerio de Producción pues ellos tienen conocimiento de qué animal está en veda o no. Los fiscalizadores o inspectores muchas veces se hacen pasar como un cliente para tener más seguridad de que el comerciante querrá vender todo, incluyendo lo sancionado por la ley”.

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